En consecuencia, se decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble constituido por un Apartamento destinado a vivienda principal distinguido con el N°. 11-A, ubicado en al Planta A-2 del Bloque "A" del Conjunto Residencial Mucuraparo, situado en la Calle Guilarte de la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, el cual tiene una superficie de ciento un metros cuadrados con seis centímetros cuadrados (101,06 mts2)