IMPROCEDENTE POR EXTEMPORÁNEA la solicitud de aclaratoria presentada por los profesionales del derecho HAIDAIRY MOLINA DE VIDAL, EDSON CURIEL y HUGO RONAL PULGAR VIDAL, abogados en ejercicio,, actuando con el carácter de defensores privados de los ciudadanos LINDA DEL VALLE URDANETA y MICHELL TEAGUE, titulares de las cédulas de identidad V. 9.733.471 y V. 17.087.540, respectivamente, interpuesta en contra de la decisión No. 173-23 emanada por esta Sala Segunda (2) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.