DECISIÓN
Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SUFICIENTES LOS DERECHOS, que tienen los ciudadanos Lucila Lisbeth Rafaela Inciarte de Barboza, Yolanda Pérez, Maribel Barboza, Natalia Barboza, Mario Barboza, Evangelina Barboza, Luisa Barboza, Mario Barboza y Antonio Barboza, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la causante ciudadana Aura de las Violetas Pérez de Prieto. Así se decide.
Publíquese. Regístrese. Incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la pagina www.zulia.scc.org.ve.
Devuélvanse estas actuaciones en originales, expídans.....