DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos los ciudadanos enunciada por los ciudadanos KARINA CHIQUINQUIRÁ QUINTAS VALERO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad V-12.308.229, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, teléfono:(0414)-6224779, correo electrónico: karina.quintas@gmail.com; y COSIMO ALFONSO NACCI ALVARADO, venezolano, mayor de
edad, con cédula de identidad V-12.211.929, de igual domicilio, teléfono: (0424)-6085597 y correo electrónico: cosimo_nacci@hotmail.com. y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintiocho (28) de noviembre de mil novecientos noventa y ocho (1998), ante el Jefe Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 398, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia N° 693, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justic.....