En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadano LORENZO GARCIA AGUILERA, presentada por el ciudadano RAFAEL JOSE GARCÍA INDRIAGO, sobre el acta asentada bajo el N° 16, folio 31 – 32, correspondiente al año 1999, de los libros de Registro Civil de Defunciones llevado al efecto por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo de García del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: se ordena corregir el error alegado en dicha acta de la siguiente manera: donde se lee: ¨ y que copiada textualmente dice así "Deja el finado nueve hijos de nombres: Yolanda y Félix López, Rafael, José Luis, Alberto, Libia, Lorenzo y César García y María del Valle Delgado" debe decir "Deja el finado seis hijos de nombres: Rafael José, José Luis, Alberto José, Libia Josefina, Lorenzo Rafael y César José García Indriago" que es como verdaderamente corresponde.