DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DEL FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO de fecha 10 de junio de 2009, en la causa seguida contra del joven NOMBRE OMITIDO ART. 545 LOPNNA, por la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO de conformidad con lo establecido en el Ordinal 2° Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del Artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al resultar evidente de conformidad con lo dispuesto en el literal "d" del articulo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, SEGUNDO: se ordena hacer cesar la persecución penal y la medida decretada de conformidad con el artículo 582 literal "C" de la Ley Especial, decretada por este Juzgado en fecha 15-12-08. TERCERO Vencido el término de Ley, se ordena remitir la presente causa al Archiv.....