DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos y fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO, CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE, al ciudadano JHON HENRY GODOY NARVAEZ, venezolano, natural de Maracaibo, nacido el 9-1-82, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 15.059.094 y domiciliado en el Sector LA Tuberías, Barrio El Rosario, Tercera Calle, a la segunda casa, en la Esquina queda un negocio, Casa S/N°, detrás del Comando Regional N° 3 de la Guardia Nacional, Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y La Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana MISTICA ROSA HERNANDEZ, y LO CONDENA a cumplir la pena.....