Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO por RESOLUCION DE CONTRATO, intentado por los ciudadanos JUAN BAUTISTA CARRILLO BERTI y TRINA MORELA BURGOS DE CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-631.331 y V-4.312.396, en contra de los ciudadanos ANDRES ALEJANDRO PEREZ DIAZ y MIGUEL ALEJANDRO PEREZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-26.360.292 y V-28.080.725; por haber transcurrido en el caso que nos ocupa el lapso legal previsto en el ordinal tercero del artículo 267 de la Ley Adjetiva Civil, para tales efectos, sin que conste de ellos la ejecución en ese período, de algún acto de procedimiento en el presente procedimiento .....