En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS RONAL ENRIQUE ARAUJO LOZADA y BRIGITT CAROLINA URDANETA ROSARIO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 18.259.817 y 20.455.161, respectivamente, domiciliados en el municipio Lagunillas del estado Zulia, y por ende, disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos el día dieciocho (18) de abril de 2013, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 81, consignada en actas, por ante el Registro Civil de la Parroquia Alonso de Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, dejándose expresa constancia que los ciudadanos antes mencionados, manifestaron que durante su unión matrimonial no procrea.....