esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana DAGNELLYS DEL CARMEN GONZALEZ SUAREZ mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-11.146.417 . SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano MANUEL ANTONIO VALDIVIESO ROJAS, fallecido ab-intestado en fecha 28-09-2015, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nro V-13.190.881, a su esposa, la ciudadana DAGNELLYS DEL CARMEN GONZALEZ SUAREZ mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-11.146.417, y a sus hijos "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la L.O.P.N.N.A", así como al niño "cuya identidad se omite de .....