PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO del AUTO de fecha 20 de Septiembre de 2013, que decretó la firmeza de la Sentencia Nº 63-2013, de fecha 13 de Agosto de 2013, dictada por el Juzgado Único de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante el cual Declaró Culpable al Ciudadano BERNARDO JOSÉ GARCÍA VILLALBA, en virtud de la admisión de los hechos que realizó, por la comisión de delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto en el encabezado del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la agravante genérica prevista en el artículo 217 ejusdem, en perjuicio de la Niña (SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 65 Y 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) y el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA CONSUMADO (CON PENETRACIÓN ORAL), previsto en el primer aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Prote.....