DISPOSITIVA
En el mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el siguiente dispositivo:
PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN POR MAYORIA DE EDAD DE LA COLOCACION FAMILIAR, bajo la modalidad de Familia Sustituta que fuere iniciada por la DEFENSA PUBLICA DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DEL ESTADO NUEVA ESPARTA a favor del joven IDENTIDAD OMITIDA, en el hogar de su abuela la ciudadana LILIA JOSEFINA MALAVER GONZALEZ (Abuela Materna), venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Cedula de Identidad N ° V-4.650.463, en contra de su madre, la ciudadana CRISMARY AGREDA MALAVER (Madre Biológica), venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Cedula de Identidad N ° V -12.921.395. Así se decide
SEGUNDO: Se levanta la MEDIDA.....