Hoy, Treinta (30) de Mayo de Dos Mil Once (2011), siendo las 11:15 a.m, compareció la ciudadana YULIANNY PEREIRA, titular de la cédula de identidad número 18.342.682, asistida por el abogado en ejercicio ENDER CARDENAS, así como la abogada en ejercicio LISEY LEE, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Parte Demandada MAERSK DRILLING VENEZUELA, S.A. HOY DENOMINADA MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A. Dándose así inicio a la audiencia. Se constituye este Tribunal bajo la dirección de la ciudadana Jueza Abg. DEYANIRA GRANT ALBORNOZ, quien declaró abierto éste acto y constató la presencia de cada una de las partes. En este estado la Apoderada Judicial de la empresa demandada expone: "Con la finalidad de dar por terminada la presente causa la empresa ofrece en este acto a la parte demandante la cantidad de SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 76.930,75), suma ésta que corresponde al pago por concepto de prestaciones sociales e indemni.....