PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial por requerimiento de la ciudadana, NINOSCKA DEL VALLE ROSARIO QUIJADA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 10.201.411, a favor de sus hijas, IDENTIDADES OMITIDAS..., de doce (12) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente, contra el ciudadano, MANUEL JOSE LEON VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V- 9.303.838. En consecuencia, este Tribunal de Juicio dispone:
PRIMERO: Se aumenta la obligación de manutención a pagar por el ciudadano, MANUEL JOSE LEON VELASQUEZ, a favor de sus hijas, a la suma de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.700,00) mensuales, monto que deberá ser descontado y depositados por el empleador del referido ciudadano, los primeros cinco (5) días de cada mes e.....