en consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara formalmente secuestrado el bien inmueble anteriormente señalado, descrito, identificado, alinderado, y hace entrega del mismo a la secuestrataria judicial provisional, a quien deja en posesión del mismo a los fines de su guarda y custodia