En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos LEONEL JOSÉ BORJAS GONZÁLEZ y MARBELIS DEL VALLE BARBOZA URRIBARRÍ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.950.072 y V-13.025.605, respectivamente, el primero domiciliado en esta ciudad de Cabimas y la segunda en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, y por ende disuelto el vínculo matrimonial contraído por estos el día 11 de octubre de 2012, ante el Registro Civil del Municipio Santa Rita, Parroquia José Cenovio Urribarrí, según Acta de Matrimonio Nº 28 cursante en actas en copia fotostática certificada.
Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que.....