IX
DISPOSITIVA
Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado LEONARDO ENRIQUE CABEZA CASTRO, venezolano, natural de Maracaibo, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-24.255.610, de 22 años de edad, nacido el 20-10-1990, hijo de Carelia Castro y Leonardo Cabeza, de profesión u oficio: Seguridad del Hotel del Lago, Concubino, residenciado en la Avenida 6, Casa N° 2-195, Sector Santa Rosa de Agua, la entrada del Callejón donde se encuentra la casa esta diagonal a la Quesera Venelacteos, Municipio Maracaibo Estado Zulia, como AUTOR de los delitos de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO , previstos y sancionados en los artículos 357 tercer aparte Y 277 y del Código Penal, cometido en perjuicio de AUDIEE JOSE OLIVAR D.....