Por los fundamentos antes Expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS PARA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del imputado HENRY JESUS MONTENEGRO MORENO, Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, de 39 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio taxista, Titular de la Cedula de Identidad No. 10.601.340, hijo de Luís Montenegro (Dif) y Carmen Moreno (Dif) , domiciliado en el sector Delicias Viejas, Carretera H, calle San Rafael 173, Cabimas Estado Zulia, teléfono: 0424-6863800, por la presunta comisión de los delitos VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica .....