Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 376 ejusdem, se declara CULPABLE al ciudadano LUIS SALVADOR HERNANDEZ, Venezolano, natural de Cumana, Estado Sucre, fecha de nacimiento 03-11-1949, de 59 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.871.427, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Sector Moscú, Calle La Loma, casa S/n, casa de cemento sin frisar, Municipio Díaz, del Estado Nueva Esparta; en consecuencia, se CONDENA, a cumplir la pena de SIETE (07) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sob.....