Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
1. LA FALTA DE CUALIDAD, del ciudadano ROQUE MARIN FEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.830.310 y de este domicilio, para sostener las razones del presente juicio.
2. CON LUGAR, la demanda de SIMULACIÓN, intentada por el ciudadano ADOLFO ROMERO ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 7.793.441 e inscrito en el inpreabogado bajo el No. 34.143 y domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARLOS JULIO MORENO ROJO y CARMEN MARÍA MONTIEL DE MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.764.020 y 5......