Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha veintinueve (29) de Abril de 2008 por la abogada en ejercicio Taydee Romero Casanova, inscrita en el INPREABOGADO bajo los Nº 76.973, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ASTIVENCA ASTILLEROS DE VENEZUELA, C.A. representación que se evidencian de instrumentos poder que se encuentran agregados a las actas y la abogada Zoleid Abreu Delgado, inpreabogado N° 22.743 en su condición de apoderado judicial asistiendo a el ciudadano EDWIN RAIMUNDO REYNA en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la demandada cancelará a el demandante la cantidad de diecisiete mil ciento seis bolívares fuertes con sesenta y dos céntimos (Bs.F. 17.106,62). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscr.....