Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA ; Autorizar al Imputado RUTSHON ANTONY MORALES CLAVEL titular de la cédula de identidad V-18.794.323 quien reside en la Carretera F, con avenida 32 casa S/N Tia Juana Municipio Simón Bolivar Estado Zulia, para que viaje a la Ciudad de la Habana-Cuba a realizar el Curso de Formación Social para el cual fué Seleccionado por el lapso de Tres meses y medio con la Condición que una vez finalizado dicho Curso consigne la Constancia de haberlo realizado, haciendole la respectiva advertencia que al regresar en el mes de Septiembre debe dar fiel cumplimiento al régimen de presentaciones cada treinta (30) días , impuesto por éste Tribunal de Control, ya que el incumplimiento generaría REVOCAR la Medida conforme lo dispone el art 262 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y Noti.....