DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito y presentado en fecha trece (13) de marzo de 2017, y complementado mediante escrito presentado en fecha veintidós (22) de marzo de 2017, por los Abogados en Ejercicio ANA KHARINA LEON DE BRUNO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 60.711, actuando como Apoderada Judicial de la parte demandante, ciudadana: MARIA ALEJANDRA CASTELLANOS VICTORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.583.845, domiciliada en el municipio Lagunillas del estado Zulia; y JULIO SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 84.377, actuando como Apoderado Judicial del ciudadano: OSWALDO RUSBEL MENDOZA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.700.240, domiciliado en el municipio Lagunillas del estado Zulia, PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- Quedan así adjudicados los bienes a cada una de las partes en la misma forma en que fueron voluntariamente convenidos por ello.....