PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ANALIDES LUZARDO POLANCO, Defensora Pública Auxiliar con competencia Penal Ordinario Plena Nacional, encargada en la Defensoria Pública Vigésima Primera Penal ordinario para la fase de proceso, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensor del imputado JOHENDRY JOSE MENDEZ AVENDAÑO,
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 94-16, de fecha 16 de febrero de 2016, emanada del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE AUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia con el artículo 405 del mismo texto pe.....