Este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DESISTIMIENTO del PROCEDIMIENTO en el juicio por cobro de Diferencia de Prestación de Antigüedad y otros conceptos laborales, incoado por el ciudadano RONAL ALEXANDER PAZ CASTILLO, en contra de Sociedad Mercantil AGROPECUARIA LA QUEBRADA S.A,, todos plenamente identificados en las actas procesales. En consecuencia, DESISTIDA la causa. Así se decide.-