Es por lo que este Tribunal del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando como Juez de Control de conformidad con el Artículo 666 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD; declara SIN LUGAR la petición hecha por la Defensora Pública Zoraida Rodríguez, y MANTIENE la Medida de Detención Judicial Preventiva de Libertad, impuesta el día veintiuno (21) de Marzo del 2012, al adolescente SE OMITE IDENTIDAD, de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, de 17 años de edad, nacido en fecha 19/09/11995, hijo de Alexis Gutierrez y Digna Montero, residenciado en la calle No. 1, casa S/N, del Barrio Domingo Roa Pérez, del Municipio Colón del Estado Zulia, por el delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES; previsto y sancionado en el artículo 5, Y 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de.....