DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus RIGOBERTO VIVAS RAMIREZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.113.355, de este domicilio, quien falleció sin testar el 01 de septiembre de 2010, en la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia a los ciudadanos SOHALY CHIQUINQUIRA VIVAS LOPEZ y ANRRY GREGORIO VIVAS LOPEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 12.134.351 y 12.134.350, respectivamente, como hijos del causante, y a la ciudadana MARIA DEL ROSARIO ESCORCIA SUAREZ, de nacionalidad colombiana, naturalizada Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 22.452.634, como cónyuge, todos de .....