Por las razones expuestas en cada uno de los párrafos que anteceden, esta Corte de Apelaciones con Competencia en la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la incidencia de inhibición planteada por el ciudadano ABG. YBRAHIM JOSÉ MOYA RIVERA, Juez Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial, de conocer el proceso penal registrado bajo el alfanumérico NP01-D-2010-000444, al no quedar comprobada ni configurada la causal consagrada en el numeral 7° del Artículo 86 del Código Adjetivo Penal, en relación con el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: ORDENA remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio Sección de Adolescentes de esta sede judicial,.....