PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de a Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 2, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
A) SE MODIFICA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN PROVISIONAL DE COLOCACION EN LA UNIDAD DE DESINTOXICACION HIJOS DEL SOL, establecida en el literal i) del Artículo 126 Ejusdem, decretada al Adolescente de autos, la cual se deberá ejecutar en la COMUNIDAD TERAPEUTICA HIJOS DEL SOL, quienes deberán ejercer los atributos de la responsabilidad de crianza, comprendidos en el artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
B) OFICIAR al Director de la Unidad de Desintoxicación de los Hijos del Sol, y al Director de la Comunidad Terapéutica Hijos del Sol, a los efectos de informarles sobre la decisión dictada por esta Sala de Juicio.