En otras palabras, la sentencia establece y declara la insuficiencia de datos en autos para la fijación del salario, obviamente elemento sustancial para el cuantificar las cantidades a que condenó a pagar a la demandada. Consecuencialmente, este Juzgado se encuentra imposibilitado de ordenar que la experticia se realice tomando u obteniendo de los elementos probatorios aportados por las partes la información que permita la determinación del salario; pues elementalmente sería una contradicción flagrante al contenido de la sentencia, que estableció la inexistencia de tales elementos probatorios. Por los razonamientos expuestos se declara improcedente y se niega lo solicitado por la representación de parte actora. ASÍ SE DECLARA.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
La Juez
Abog. Marlene Rojas de Siú
La Secretaria
Abog. Yasmely Borrego.