Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA NUEVO COMPUTO DE PENA CON REDENCIÓN a favor del penado EDGAR JOSÈ MEDINA TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 7.833.364, quien se encuentra recluido en el recluido en el centro de Tratamiento Comunitario Insp. Rafael A. Ochoa Castro de esta ciudad, bajo el beneficio de Régimen Abierto; de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 482 Ejusdem, determinando con exactitud la fecha en que finalizará la condena el mencionado penado.
Regístrese la presente decisión en el Libro respectivo, remítase copia certificada al ciudadano Director del centro penitenciario de Maracaibo, a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público, al.....