Este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: DECRETAR, como en efecto decreta el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman esta causa, instruida en contra del Ciudadano ANDRY ENRIQUE PARRA PARRA titular de la cédula de identidad Número V-12.619.722 , todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.- SEGUNDO: Se Acuerda el Cese inmediato de toda Medida de coerción personal, y de aseguramiento impuesta, y la condición de imputado al referido Ciudadano.- Regístrese y Notifíquese esta resolución.-
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
DRA. CAROLINA NAVA DIAZ
LA SECRETARIA
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