DECISIÓN
Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SUFICIENTES LOS DERECHOS que tienen los ciudadanos JOSE GABRIEL MONTILLA y CARMEN TERESA DEL VALLE VILLAVICENCIO RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos° V-14.151.633 y V-25.794.649, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante la ciudadana CARYVIL ALEJANDRA MONTILLA VILLAVICENCIO. Así se decide.
Publíquese. Regístrese. Incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
Devuélvanse estas actuaciones en originales, expídanse las copias certificad.....