VI
DISPOSITIVO
Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida contra la sentencia dictada en fecha 29 de julio de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio que por SIMULACIÓN tiene incoado el ciudadano AYMAN ALKASSIM en contra de los ciudadanos ASSUNTINA CHIQUINQUIRÁ GAGLIANO DI MEO, GIAN PAOLO GAGLIANO DI MEO y la sociedad mercantil INVERSIONES 2065 C.A., plenamente identificados en actas.
• Se CONFIRMA el fallo apelado, y en tal sentido, se declara IMPROCEDENTE la oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada en el presente juicio, especialmente, en relación a la vigencia de la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decreta.....