En tal virtud, esta Jueza Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación
y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la solicitud incoada por la ciudadana MARIA LUISA MARRERO RODRIGUEZ de nacionalidad española, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Extranjera N° E-963.025, y de este domicilio, respecto de la apertura del correspondiente Procedimiento de Tutela en beneficio de la niña "Cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes".
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SEGUNDO: Se nombra TUTORA de la niña "Cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes", a la ciudadana MARIA LUISA MARRERO RODRIGUEZ de naci.....