DISPOSITIVA
En conclusión y por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Constitucional Tercero de Primera Instancia en lo Penal Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Aplicando la Tutela Judicial Efectiva Artículo 26 de la Carta Magna. ACUERDA la FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DENOMINADA "DESTACAMENTO DE TRABAJO". Al Penado LISANDRO JOSE AZOCAR, plenamente identificado UT supra y actualmente recluido en el Internado Judicial de Monagas, el cual se hará efectivo, sin dilación, toda vez que están llenos los extremos exigidos por la ley Adjetiva Procedimental Penal. Así se decide. Todo de conformidad con lo dispuesto en el 500 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, líbrese Oficio al Director del Internado Judicial de Monagas, a la Unidad Técnica de Apoyo al Servicio Penitenciario. Notifíquese a.....