DISPOSITIVO
En consideración de los argumentos expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1°) LA PÉRDIDA DEL INTERÉS, en el marco de la solicitud de inspección judicial extra-litem, propuesta por el ciudadano Leonardo Enrique Atencio Osorio, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 7.818.839, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, debidamente asistido por el profesional del Derecho Douglas Arecio Granadillo Perozo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.476.
2º) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo.