VII.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos VIDALIA JOSEFINA ALCALA LOPEZ y MIGUEL ANGEL RANGEL, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-14.064.480 y V- 9.466.084, respectivamente contra los ciudadanos MANUEL DEL VALLE ABRIL FARIAS Y VICENTE MANUEL ABRIL VALERIO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidades Nros. V-11.537.275 y V-25.999.555, respectivamente, por INDENMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS, DAÑOS EMERGENTES Y LUCRO CESANTE (TRANSITO).
SEGUNDO: CON LUGAR LA IMPUGNACION DE LA CUANTIA, quedando establecida está en la cantidad de Mil Doscientos Cincuenta.....