DECIDE.
PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en materia alimentaria de conformidad con Resolución N° 37.036, de fecha 22 de Agosto de 2.000, publicada en Gaceta Oficial en fecha 14 de Septiembre de 2.000, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA:
1.- Consumado el acto procesal del convenimiento de fecha 26 de noviembre de 2012, celebrado por ante este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, entre las ciudadanas: LIGIA ELENA RINCON URDANETA y la abogada en ejercicio YAHAIRA BOHORQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 158.472, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano IVAN JOSE MARTINEZ CUADROS, realizaron convenimiento por OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor del niño, pasándolo en autoridad.....