En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargados preventivamente los bienes muebles anteriormente señalados, descritos y avaluados y hasta por la cantidad de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.F. 19.200,oo), y se hace entrega de los mismos al Depositario Judicial Provisional a los efectos de su guarda y custodia.