DISPOSITIVA
Por los fundamentos arriba establecidos, este JUZGADO ÚNICO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR POR IMPROCEDENTE , la excepción prevista en el numeral 1 del articulo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesta por la defensa privada de los hoy acusados los ciudadanos GIOVANNI FRANCO MONGILLO, JOSE FRANCO RATTO Y PEDRO RAMÓN PIRELA CAMARILLO, plenamente identificados en actas, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de de la ciudadana TERESA FRANCO RATTO, por considerar que no esta ajustada a las excepciones que se pudieran interponer en esta f.....