n Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por la AGUSTIN CANONICO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-2.060.333, de este domicilio, representado por el abogado BENITO PERDOMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 144.588, Parte demandante y por la otra la ciudadana MONICA FIGUERA MONICA FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8. 975.884.- de este domicilio, asistido por la abogada MARIA GABRIELA FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.010, parte demandada.-SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. TERCERO. Se deja la causa abierta hasta tanto la parte demandada cumpla con el presente Convenimiento suscrito en fecha 23 de Noviembre de 2010. Incorpórese el Cuaderno de medidas al expediente principal Nº 1.415-09, de conformidad con lo establecido.....