Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión por RESOLUCIÓN DE CONTRATODE ARRENDAMIENTO incoada por el ciudadano JOSE RAMON GARCIA AZUAJE en contra de la ciudadana MIRIAN OLIVIA PAEZ DE SANCHEZ, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales; en consecuencia:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes, el día quince (15) de abril de dos mil cinco (2005), ante la Notaría Pública Octava de Maracaibo del Estado Zulia, quedando anotado bajo el Nº 14, tomo 46, de los Libros de autenticaciones.
SEGUNDO: Se condena a la demandada MIRIAN OLIVIA PAEZ DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, comerciante, portadora de la cédula de identidad .....