Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, en el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil COLGATE PALMOLIVE, C.A., contra la Resolución signada con los números 225-2011 de fecha 28 de febrero de 2011 emanada de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; en consecuencia declara:
1.- Consumada la perención y, en consecuencia; extinguida la instancia en la incidencia de solicitud de medida de suspensión de efectos de la Resolución signada con los números 225-2011 de fecha 28 de febrero de 2011 emanada de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
2.- No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.