este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno distinguida con el N° 10, y la vivienda unifamiliar sobre ella construida, tipo D, ubicado en la calle A del parcelamiento denominado "Villa Paraíso", situado en el margen oeste de la Avenida 15 (Fuerzas Armadas), o prolongación Delicias Norte, en Jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, cuya superficie aproximada es de cuatrocientos veintiún metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (421,50 Mts²), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: linda con el norte del parcelamiento y mide veintiún metros con cincuenta centímetros (21,50 Mts.); Sur: linda con calle A del parcelamiento y mide veintiún metros con cincuenta centímetros (21,50 Mts.); Este: linda con parcela N° 9 y mide diecinueve m.....