este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la OFERTA REAL DE PAGO presentada por el ciudadano OSCAR DAGER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.975.385, actuando en su carácter de DIRECTOR de la Sociedad Mercantil "SUPERIOR DE LIMPIEZA, C.A", debidamente asistido por la abogada MARIA ALSINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.018.692, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 85.456., a favor del ciudadano ANAIS RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.196.655, signada con el Nº OP02-S-2014-000046 de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal de.....