éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante empresa MUSIPAN VACATIONS CLUB, C.A., a través de sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio LEONARDO MÁRQUEZ y ALFREDO MILLÁN. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha trece (13) de Julio de dos mil quince (2015), por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, modificándola en cuanto a los montos condenados por el A-quo, los cuales serán discriminados en la motiva de la presente decisión. TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente asunto. Remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del.....