Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Aprobado y Homologado el convenimiento celebrado en fecha catorce (14) de octubre de 2013, entre las partes, ciudadanos GERARDO ENRIQUE FERNANDEZ GONZALEZ y DUBRASKA WALESKA PAZ TORRES, antes identificados, en relación a la manutención y demás beneficios de desarrollo y atención que le corresponden al niño: (se omite el nombre de conformidad con el artículo 65 de la ley orgánica de protección de niños niñas y adolescentes). En consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal al convenimiento. Queda terminado el juicio. Hágase la participación debida a la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS DE LA POLICIA REGIONAL DEL ESTADO ZULIA, donde presta servicios el ciudadano: GERARDO ENRIQUE FERNANDEZ GONZALEZ. Líbrese oficio con las inserci.....