Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, DEUSDEDIT YESSENIA SANDREA, y LEONARDO ANTONIO RINCON AMESTI venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-9.352.418 y V-10.685.327, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Colón del Estado Zulia, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio JOSÉ BUITRIAGO JOVES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 13.684 y de este domicilio, en fecha seis (06) de Enero del año Mil Novecientos Noventa y dos (1992), por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente, de la Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, tal como se evidencia de .....