III.- DISPOSITIVO
Este Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: MEDIDA DE PROHIBICIÒN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda distinguida con el No. 1-A, situado en el primer piso del Conjunto Residencial La Sagrada Familia II, signado con el No.76-75 y está situado en la calle 79G, entre las avenidas 76 y 77 del sector conocido como La Mancandona, Jurisdicción de la Parroquia Raúl Leoni, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. El inmueble tiene una superficie aproximada de NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (95 mts2), y consta de las siguientes dependencias: sala, comedor, cocina, lavadero, un cuarto principal con baño y dos cuartos con un baño y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Fachada .....